Cerrar

Reval incorpora el cobro del impuesto de vehículos

La Diputación sólo emitía los recibos y ahora se encargará de la gestión

Publicado por
Santiago G. del Campo
Valladolid

Creado:

Actualizado:

Entran hoy en vigor dos nuevas ordenanzas de la Diputación que modifican los procedimientos de cobro de tributos municipales de ayuntamientos que hayan delegado la gestión a la institución provincial. Tendrán efecto a partir del próximo 1 de enero, para aplicarse a partir del ejercicio que comienza el próximo domingo.

«Hemos evolucionado mucho en la gestión del impuesto de vehículos», explicó a este periódico el diputado provincial responsable del Organismo de Recaudación yGestión de la Diputación (Reval),Artemio Domínguez. «Los cambios normativos son, sobre todo, para implementar esa gestión en todos los municipios que la han delegado, prácticamente todos los menores de 20.000 habitantes de la provincia».

«Con anterioridad la Diputación sólo emitía los recibos de ese impuesto, pero lo cobraban directamente los ayuntamientos. Luego se ha ido haciendo cargo de otras gestiones relacionadas con ese tributo», asegura Domínguez. «Ahora, la gestión es totalmente de Reval, ya que encargarse del cobro es un problema para muchos ayuntamientos, sobre todo si se tienen que encargar de solicitarlo por vía ejecutiva».

Con ese objetivo, el Boletín Oficial de la Provincia publicó ayer la modificación de la referida Ordenanza fiscal de gestión, recaudación e inspección de la Diputación de Valladolid, pero también otra distinta, titulada Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por prestación de servicios de recaudación y gestión tributaria realizados por Reval.

La institución provincial cobrará, así, un pequeño porcentaje por los tributos que gestiona, así como por la emisión de recibos, si bien «esa cantidad no sube en ninguno de los conceptos», asegura el responsable de Reval. «Más bien se reduce en alguno de ellos». Y es que la ordenanza de precios «también se hizo para adaptar la mejora de la gestión del Ivtm (Impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica)».

Según la nueva disposición, el padrón fiscal del Ivtm lo elaborará Reval a partir del padrón del año anterior, incorporando las variaciones formalizadas y comunicadas por la Dirección Provincial de Tráfico en el año anterior, y ese padrón fiscal será aprobado mediante Decreto de la Presidencia de Reval y notificado a los Ayuntamientos titulares del impuesto.

En los supuestos de primeras adquisiciones de vehículos o rehabilitación, el impuesto se exigirá en régimen de autoliquidación, que podrán tramitar los colaboradores sociales que hayan suscrito el correspondiente convenio con Reval.

Para determinar la deuda tributaria que constará en el padrón, se aplicará el coeficiente de incremento aprobado en la ordenanza fiscal del Ayuntamiento correspondiente, y para tener derecho a los beneficios fiscales establecidos, en los casos de primera adquisición de vehículos o rehabilitación, los sujetos pasivos deberán solicitarlo antes de su matriculación.

La nueva ordenanza también actualiza algunas disposiciones sobre la tramitación y cobro del Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI); aplazamientos y fraccionamientos del pago y planes personalizados de pago. En concreto, los artículos de la Ordenanza específica que se modifican son los números 19, 20, 27 y 27 bis.

En cuanto a la Ordenanza reguladora de las tasas, se modifican los artículos 1 (Fundamentos y naturaleza); 2 (Hecho imponible); 6 (Base imponible); 7 (Cuota tributaria y tipo de gravamen). Entrará en vigor el 1 de enero de 2017.

Cargando contenidos...