Tribunales
Fiscalía pide penas que suman 19 años de cárcel por el accidente mortal de dos trabajadores de Carratorres en Valladolid
La acusación pública pide 4 años y 9 meses de cárcel a cada uno de los cuatro acusados que "conocían que se estaba realizando un acceso indebido a las plataformas de trabajo"
Más de cuatro años después del trágico accidente que acabó con la vida de dos trabajadores del parque eólico 'Carratorres', llega el juicio contra los cuatro acusados, responsables todos ellos de las empresas involucradas en el montaje de las plataformas de trabajo, una de las cuales cayó al vacío desde más de 50 metros con las víctimas en su interior. Por estos hechos, y tras ser conscientes de un uso indebido de los elevadores, Fiscalía de Valladolid solicita 4 años y 9 meses de prisión para cada uno de ellos.
Los hechos se remontan al pasado 15 de febrero de 2020 con la construcción de 12 aerogeneradores de 120 metros de altura para el parque eólico situado en la localidad vallisoletana de Valdenebro de los Valles. Unas obras en las que intervinieron las empresas Gas Natural Fenosa Renovables Ruralia S.L.U., Nordex Energy Spain SAY, Transbiaga S.L., y Montajes Mir Aguraín S.L..
El accidente ocurrió en la obra de montaje de uno de los aerogeneradores, concretamente el de la torre 8 del parque eólico 'Carratorres' y a cuya estructura se sujetaba una plataforma -denominada 'goracon'- mediante un sistema de anclajes. Para acceder a la plataforma se se podía hacer de tres formas distintas, si bien el Plan de Seguridad de la obra establecía que solamente se podía acceder a la 'goracon' cuanto ésta se encontraba en el suelo. "Por lo tanto, las otras dos posibilidades no están permitidas por el Plan de Seguridad", recoge el escrito de la Fiscalía.
Sin embargo, en la práctica, la mayoría de las veces se usaba el elevador hasta determinada altura próxima a la plataforma "porque era mucho más rápido y permitía un mayor aprovechamiento de la jornada de trabajo" ya que "las empresas encargadas de las obras sabían que el acceso a la 'goracon' era más lento debido a que este procedimiento implicaba bajar la plataforma al nivel del suelo, soltar los anclajes, realizar el descenso, volver a elevarla y anclarla de nuevo a la torre".
El accidente, entonces, ocurrió cuando los trabajadores del turno de mañana utilizaron el elevador para acceder hasta la plataforma, advirtiendo a los compañeros del siguiente turno de que a una altura aproximada de 50 metros debían pararlo con antelación por una discontinuidad en la guía del elevador.
Con sitio para dos personas, los fallecidos no pararon el elevador antes de llegar al punto en el que existía la discontinuidad, saliéndose de las guías y cayendo al vacío desde 56 metros, muriendo por el impacto.
Para la acusación pública, además del "acceso indebido" a la plataforma de trabajo, el accidente se produjo por carecer del pre-certificado situado en la puerta del elevador en el que se constaba que se habían comprobado 10 apartados de la lista de chequeo de un total de 32, quedando los otros 22 puntos en blanco. Un documento que, además, se había colocado cinco días antes del suceso.
“En realidad, la práctica era que el pre-certificado se hacía de forma incompleta siempre y no se revisaban los elementos de seguridad imprescindibles para el uso del elevador. Y también era práctica conocida y notoria para cualquiera que trabajar en la obra que, a partir de una altura mínima de trabajos de montaje, el acceso se hacía por medio del elevador y no bajando e izando el goracon”, apunta la Fiscalía.
El escrito señala que las empresas involucradas en el montaje conocían a través de sus responsables y mandos "que se estaba realizando un acceso indebido a las plataformas de trabajo". Por ello, los acusados J.G.M., coordinador de Seguridad y Salud en la obra; A.A.C., técnico de Prevención de Riesgos Laborales de Nordex; J.M.D.M., jefe de Proyecto Técnico de la empresa Transbiaga; y V.M.P.V., encargado de Montajes Mir Aguraín, "conocían y consentían esta situación".
"Todos ellos conocían o debían haber conocido que el Plan de Seguridad establecía como único medio seguro para ascender a la plataforma el que se hacía con el goracon en el suelo y no los demás, consintiendo la práctica", y también que "el sistema de precertificación, en la práctica no se chequeaba todos los puntos de seguridad del elevador y que se sometía a los trabajadores que usaban el elevador a una situación de riesgo de caída", recoge el escrito.
Por ello, la Fiscalía acusa a los cuatro hombres de tres delitos: uno contra los derechos de los trabajadores y otros dos de homicidio causado por imprudencia, por los que solicita para los acusados una multa de 3.240 euros de multa y 21 meses de prisión por el primero y otros 3 años de privación de libertad por cada una de las muertes, a razón de siete años y nueve meses de prisión en total para cada uno de los que compartirán banquillo en la Audiencia de Valladolid este lunes, 25 de noviembre.