Diario de Valladolid

TRIBUNALES

Dos años de cárcel a un capitán de la AALOG 61 de Valladolid por negarse a ir a una misión en Turquía

El Supremo ratifica la pena del Tribunal Militar al oficial que alegó una decena de excusas para no partir a ese destino / De todas ellas es determinante para la condena la frase dirigida a un superior: «No voy a ir y haré lo posible para no ir»

Relevo de contingente español en la misión en Turquíam en una imagen de archivo

Relevo de contingente español en la misión en Turquíam en una imagen de archivoE.M.

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El Tribunal Supremo ha condenado a un capitán de la AALOG 61 de Valladolid, con sede en la Base El Empecinado de Santovenia de Pisuerga, a dos años de cárcel que deberá cumplir en un penal castrense, por negarse a acudir a una misión en Turquía, un delito de «desobediencia» penado en el artículo 44 del Código Penal Militar. Su destino iba a ser lejos de las zonas delicadas del conflicto, ya que iba a un puesto de oficina, para trabajar en asuntos económicos.

Los hechos sucedieron en otoño de 2021, cuando era inminente el relevo del militar que estaba desplegado en el país otomano en el puesto de jefe de la Sección Económica-Administrativa (SEA) en la Operación Apoyo a Turquía (A/T). El plan era que este capitán de Valladolid, con diez años de servicios en la AALOG 61, le diera el relevo.

La orden que le llegó el 1 de octubre de 2021 era que, para prepararse para sustitución, debía incorporarse en cuatro días a unas jornadas de actualización en A Coruña que iban a celebrarse entre 4 y el 8 de octubre de ese año.

Eescalofríos

Pero fue recibir el telefonazo y entrar prácticamente en pánico, según recogen los antecedentes de hecho de la reciente sentencia 36/2024 de la Sala de lo Militar del Supremo a la que ha tenido acceso este diario. Entre las excusas que expuso el oficial para no ir a Turquía, figuraban taquicardias y escalofríos.

Alegó también que tenía un corte en el pie, que carecía de pasaporte, que no estaba vacunado frente al Covid y que no pensaba hacerlo. Pero adujo más inconvenientes: la falta de preparación para el puesto designado y la situación de embarazo de su mujer. Como el proceso se demoró unos días, después de que los superiores tumbaran sus alegaciones, también añadíó otros dos motivos: manifestó que no se sentía capacitado para la misión y que, si la cumplía, podría afectar a su patrimonio.

Hartos de la retahíla de excusas, los mandos decidieron retirar al capitán de la misión –lo autorizó el mismísimo jefe del Estado Mayor de la Fuerza Terrestre– y mandar de urgencia a Turquía a otro militar que no estaba previsto y que, dócilmente, accedió a viajar al destino sin protestar.

Y también iniciar un procedimiento penal contra el capitán de Intendencia del Ejército de Tierra (Cinet), ya que, además de lo citado, este oficial llegó a comunicar a un comandante que no iba presentarse a las jornadas previas al despliegue en A Coruña porque «estaba de baja».

Y no era cierto, recoge la sentencia del Supremo. «Era una situación de baja que el capitán no tenía concedida pues no consta el informe médico de baja de ese día ni tampoco que fuera validada por el mando competente».

Llegó el caso a juicio y el oficial fue condenado este año (24 de enero de 2024) a dos años de prisión en una sentencia dictada por el Tribunal Militar Territorial Cuarto, del que depende el Juzgado Togado Militar Territorial 42 con sede en Valladolid. El Tribunal Militar le impuso dos años de cárcel como autor responsable del delito consumado de «desobediencia», previsto y penado en el artículo 44 del Código Penal Militar, con las accesorias legales de suspensión militar de empleo durante el tiempo de la condena.

No conforme, el capitán interpuso recurso de casación ante la Sala de lo Militar del Supremo, órgano que ha dictado sentencia el pasado 8 de octubre para ratificar el fallo del Tribunal Militar a la ya citada pena de dos años de cárcel.

En su recurso ante el Supremo alegó cuatro motivos: vulneración del derecho de presunción inocencia, consagrado en el artículo 24.2 de la Constitución, y errónea valoración de la prueba documental obrante en las actuaciones;

En tercer lugar, la indebida aplicación del artículo 44 del Código Penal Militar. Como cuarta alegación expuso que, con carácter subsidiario, se considerase la «falta de proporcionalidad» de la pena impuesta. La Fiscalía Togada solicitó la desestimación del recurso.

Todas sus alegaciones, sin embargo, han sido rechazadas por el Supremo, ya que este tribunal da credibilidad a lo que declararon los superiores del capitán, como el caso del teniente coronel que le comunicó que su incorporación a la misión de Turquía «era una orden por escrito reflejada en el Sistema de Mensajería Oficial del Cuartel General de Cuartel General de la Fuerza Terrestre, por la que debía presentarse en Coruña el 4 de octubre de 2021 a realizar las jornadas previas al despliegue y que estaba solicitado el pasaporte militar para el trayecto», a la que el recurrente respondió « que no iba a ir y que haría todo lo posible para no ir».

«Nulo compromiso»

El Supremo también refrenda la gravedad de la desobediencia. «La misión Apoyo a Turquía está enmarcada en el compromiso de España con sus aliados de la OTAN en temas de seguridad, vecindad y solidaridad. Se trata de una misión de gran valor estratégico y operacional para la comunidad internacional. Demuestra el compromiso de España con la seguridad y el bienestar global y fortalece la imagen de nuestra patria en el escenario internacional. Por lo que el incumplimiento de dicha orden revela un escaso o nulo compromiso del capitán con la promoción de la paz y los derechos humanos en el ámbito global».

Todo ello sin olvidar que un compañero sufrió de rebote las consecuencias de la negativa del capitán. « Estos hechos han tenido una gran trascendencia en la AALOG 61 pues han sido conocidos por diverso personal de la misma. También han tenido repercusión fuera de la unidad, dado que, al negarse a acudir a la misión, tuvo que ser designado otro oficial de Intendencia con la trascendencia que ello supone».

Tres casos de instrucción judicial  

El caso del capital condenado por desobediencia es el tercero que investigan los tribunales militares sobre la misma unidad, la AALOG 61.

La Fiscalía Militar Territorial IV, con sede en A Coruña, inició en febrero de de 2023 la investigación de un presunto caso de malversación de caudales públicos cometido por cuatro mandos de la AALOG por utilizar fondos públicos para beneficio personal. La cuantía del dinero desviado entre los años 2021 y 2022, fecha de la presunta corruptela, alcanzaría los 183.000 euros y para su distracción, al parecer, contaron con la complicidad de empresarios de Valladolid y de Burgos para la entrega de falsas facturas por servicios no prestados. La práctica era atomizar las cantidades en menos de mil euros.

La Fiscalía de Valladolid fue el primer órgano al que llegó este expediente anónimo, elaborado por un justiciero «invisible» que las fuentes consultadas atribuyen a alguien «de dentro de la AALOG 61», ya que conocía y aportó datos muy detallados de los mandos a los que acusa, del mismo modo que se ha hecho con correos electrónicos supuestamente incriminatorios .

Unos e-mails, además, con dominios oficiales de la Base El Empecinado, lo que da idea de cómo los tres mandos ahora en el punto de mira pudieron bajar la guardia, pensando, quizá, que sus ‘negocios’ no podían ser nunca rastreados. El caso está en manos del Juzgado Militar Central tras haberse iniciado en el Territorial Cuarto debido a que algunos investigados tienen empleo de comandante para arriba. 

El último caso que investiga el Juzgado Togado 42 de Valladolid, es el presunto desvío de fondos por parte de manos de la AALOG 61 que supuestamente utilizaron una partidas de 1.920 euros en teoría para sufragar una jornada de instrucción de 200 militares en septiembre de 2023, y que acabó supuestamente siendo usada para costear un banquete unos pocos mandos. 

La partida, según fuentes del caso, era en concreto para las Jornadas de Instrucción Continuada (JIC) prevista, según la justificación de la hoja de gastos, para los días 6 y 7 de septiembre de 2023, en concreto para la comida y la cena del día 6 y el desayuno del día 7. Iban a participar 200 militares. Pero nunca se celebraron estas jornadas de instrucción. En realidad, según expuso un denunciante 'anónimo',  los 1.920 euros se usaron para costear un banquete el 6 de septiembre con motivo de la jubilación de dos tenientes coroneles. Un ágape al que asistieron mandos y familiares. "Creemos que también se hicieron regalos a los dos homenajeados", indicaron las fuentes consultadas. 

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