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AUDIENCIA NACIONAL

Listado de candidatos a jurado popular de Valladolid: comprueba si estás seleccionado

Los seleccionados podrán alegar durante los primeros quince días de noviembre

La sentencia ha sido dictada por la Audiencia Provincial de Valladolid.

Imagen de archivo de la Audiencia Provincial de Valladolid.E.M.

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Diario de Valladolid | El Mundo
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El Boletín Oficial de la Provincia de Valladolid ha publicado el pasado viernes la lista de los 500 ciudadanos seleccionados tras el sorteo realizado el 27 de septiembre. Esta lista incluye tanto a vecinos de la capital como de los municipios de la provincia.

Si has sido seleccionado, eres un aspirante a formar parte del jurado popular para el bienio 2025/2026 en la provincia de Valladolid. Para comprobarlo, accede a este enlace directo a la lista de candidatos.

Sin embargo, se podrá alegar para no ser aspirante a candidato al jurado, como recoge el texto, "durante los quince primeros días del mes de noviembre, los candidatos a jurados, si entendieren que concurre en ellos la falta de requisitos establecidos en el artículo 8, o una causa de incapacidad, incompatibilidad o excusa, podrán formular reclamación ante el juez decano de los de Primera Instancia e Instrucción del partido judicial al que corresponda el Municipio de su vecindad a efectos de su exclusión de la lista".

Además, también se informa de que "también podrá formular dicha reclamación cualquier ciudadano que entienda que alguno de los candidatos a jurados carece de los requisitos, de la capacidad o incurre en las causas de incompatibilidad a que se refieren los artículos 8, 9 y 10 de esta ley". 

El Tribunal del Jurado es un órgano colegiado cuyas competencias son delitos contra las personas, delitos cometidos por funcionarios públicos durante el ejercicio de su cargo, delitos contra el honor y delitos contra la libertad y seguridad.

Por último, estos son los requisitos para ser miembro de un jurado popular: ser español y mayor de edad, encontrarse en pleno ejercicio de los derechos políticos, saber leer y escribir, ser vecino en el momento de la designación del municipio de la provincia donde se haya cometido el delito y no estar impedido física, psíquica o sensorialmente para realizar la función del jurado.

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