Diario de Valladolid

Conflicto

Una vecina de Valladolid, obligada a arreglar una acera dañada por raíces al imperar la ‘ley de vados’

El Procurador del Común da la razón a una ciudadana que mandó un WhatsApp al Ayuntamiento para pedir que arreglaran las baldosas dañadas frente a su casa y recibió una orden para que asumiera la obra

Baldosas levantadas en la avenida de Santander, en el entorno objeto de la polémica.

Baldosas levantadas en la avenida de Santander, en el entorno objeto de la polémica.PHOTOGENIC

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Fue a por lana y salió trasquilada. Una vecina de Valladolid que había reclamado al Ayuntamiento el arreglo de unas baldosas levantadas por el empuje de las raíces de los árboles frente a su casa terminó recibiendo una orden de ejecución para que se encargara ella de las reparaciones, al tratarse de desperfectos ubicados en un vado de su titularidad.

Desconcertada con el revés, pues entendía que ella no podía impedir unas alteraciones en la acera provocadas por la acción del arbolado situado en la vía pública, la reclamante acudió al Procurador del Común y le ha dado la razón.

En su resolución, la institución dirigida por Tomás Quintana le pide al alcalde de la ciudad, Jesús Julio Carnero, que asuma las obras, que deje sin efecto el requerimiento tramitado desde el Ayuntamiento –no sólo por lo razonable del caso, sino también por un defecto de formas– y, además, le insta a revisar la normativa de mantenimiento del acerado a fin de «evitar imposiciones automáticas a los particulares» porque puede haber «causas mixtas».

Y es que, según establece el Reglamento Municipal de Vados y Reservas de Estacionamiento de Valladolid, es el titular de la autorización quien tiene obligación de realizar «todas las obras, de cualquier clase, que tengan por objeto el mantenimiento y adecuación al uso común de la vía pública, siendo a costa del mismo las reparaciones y modificaciones que con este fin ordene el Ayuntamiento».

Así, amparados en la textualidad de la normativa, el Consistorio impuso a la reclamante el arreglo de los adoquines, al entender que era su responsabilidad mantener en buen estado el espacio objeto de la polémica.

El origen del caso se remonta a la primavera de este año, cuando la residente en una vivienda unifamiliar ubicada en la avenida de Santander –en el barrio de España– decidió enviar un WhatsApp al Ayuntamiento a través del ‘Sistema de incidencias, quejas y sugerencias ciudadanas’ para solicitar que, aprovechando unas obras de Aquavall que se estaban realizando en la zona, acondicionasen la acera frente a su casa porque había «piedras sueltas y muy levantadas».

Detalle de la acción de las raíces en el pavimento.

Detalle de la acción de las raíces en el pavimento.PHOTOGENIC

En el texto añadía que se habían producido «muchas caídas» y rogaba atendieran su petición a fin de evitar «un accidente con malas consecuencias», porque por allí transitan «personas mayores», según consta en la información facilitada por fuentes municipales.

Unos días después de enviar el mensaje, la ciudadana recibió la respuesta del Ayuntamiento en forma de orden de ejecución para que asumiera el arreglo de las deficiencias en el pavimento, puesto que así le obliga la ‘ley de vados’ y, a pesar de reclamar la decisión, se volvió a topar con la literalidad de la normativa. De nuevo, el área de Tráfico y Movilidad reiteró que debía asumir la reparación, pese a reconocer que resultaba «evidente» que «las raíces de los plátanos contiguos» habían provocado «el levantamiento de pavimento de losas».

Así se lo expuso también la Concejalía al Procurador del Común cuando la damnificada decidió acudir al Defensor del Pueblo y éste solicitó información al Ayuntamiento para conocer su versión de lo ocurrido. «Cuando se produce el levantamiento del pavimento en una acera, por afección del empuje de las raíces de los árboles, los daños en el mismo se acrecientan en los vados, dado que el tránsito de vehículos sobre baldosas que ya están sueltas y levantadas hace que se muevan aún más y/o que se partan», reza el expediente facilitado por el Consistorio.

Es decir, a pesar de admitir que la acción de la vegetación era lo que provocaba los desperfectos en el pavimento, el Consistorio se excusó en que el tránsito de vehículos lo empeora y, además, en que el reglamento municipal «no discrimina las causas de los daños». Por tanto, seguía siendo «obligación del titular del vado reparar los desperfectos», si bien puntualizaba que afrontaría el corte de raíces y talas necesarias, antes de que la ciudadana procediese a la reparación.

Transeúntes en la zona de la polémica.

Transeúntes en la zona de la polémica.PHOTOGENIC

Ante esta tesitura el Procurador razona que el Ayuntamiento no pude atribuir directamente la responsabilidad de mantenimiento del vado a un ciudadano, «obviando los deberes de conservación del espacio público» que le corresponden como administración pública. Sobre todo porque el propietario del vado no tiene potestad para actuar «de manera efectiva sobre la causa del problema detectado».

Más allá de esta argumentación, el Común hace hincapié en su resolución en un defecto de forma en la tramitación de la orden de ejecución expedida por el Ayuntamiento, pues en este tipo de trámites «la persona afectada por el hecho administrativo» tiene derecho a formular alegaciones, a conocer los fundamentos técnicos y a contradecir los hechos. «Nada de esto se ha hecho», dice rotunda la institución dirigida por Tomás Quintana. «Al contrario, se atribuye directamente la responsabilidad de mantenimiento al titular del vado, obviando los deberes de conservación del espacio público que corresponden al Ayuntamiento».

De ahí que el Procurador del Común solicite «dejar sin efecto» la orden de ejecución que recibió la vecina de la avenida de Santander y le pida al Ayuntamiento de Valladolid que analice a nivel técnico todas las causas que han influido en los desperfectos del pavimento, a fin de determinar si hay una responsabilidad compartida.

Puesto que se trata de un problema que puede ser recurrente, el Procurador también considera necesaria la elaboración de un «protocolo específico de actuación para casos en los que puedan existir causas mixtas de deterioro, a fin de garantizar la equidad en la toma de decisiones».

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