Diario de Valladolid

SANIDAD

El hijo del fallecido después de que le cosieran dos veces el intestino: «El cirujano decidió que como era el mejor del mundo, se la jugó»

El hijo de la víctima lamenta que solo se condene al cirujano por un delito de lesiones: «Te queda un sabor de boca muy malo, es un palo muy gordo, pedíamos la incompatibilidad con su profesión»

Hospital Sagrado Corazón

Hospital Sagrado CorazónGSV

Publicado por
Miguel Á. Conde
Valladolid

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Nueva sentencia condenatoria en Valladolid por mala práxis médica. En este nuevo caso, la Audiencia Provincial de Madrid condena a un cirujano del Hospital Sagrado Corazón de Valladolid por coser dos veces el intestino a un paciente de 74 años que acababa falleciendo.

Según consta en el auto de la Audiencia madrileña, remitido por la Asociaación del Defensor de Paciente que tramitaba el caso a través del abogado Santiago Díez, el médico había cosido el intestino del hombre por dos lugares diferentes durante el cierre de la herida quirúrgica en la intervención que llevaba a cabo en febrero de 2016. El hombre de 74 años fallecía finalmente tras diversas intervenciones que intentaron «solucionar» la realizada por el facultativo condenado sin que ello fuera posible.

La sentencia de la Audiencia de Madrid impone al médico y la agrupación aseguradora AMA el pago de una indemnización de 47.144 euros por un delito de lesiones por imprudencia grave.

El hijo del fallecido mostraba su disconformidad con dicha sentencia en declaraciones realizadas a este medio. «No tiene lógica que un médico que comete una irregularidad, un error garrafal, no deje su profesión y no tenga repercusión», aseguró.

El hijo del fallecido denuncia que el médico «no utilizó el procedimiento adecuado». «Decidió que como era el mejor del mundo, se la jugó», aseguraba. Así, apunta que «el sentimiento es que nadie se ha leído nada de nada» y asegura que «la ley no ampara al paciente». «Te queda un sabor de boca muy malo, es un palo muy gordo, pedíamos la incompatibilidad con su profesión», en vez de la sentencia actual, que solo condena al cirujano por un delito de lesiones, en vez del delito de homicidio imprudente que reclama su hijo.

Desde la Asociación El Defensor del Paciente, en un comunicado remitido a los medios, se felicitan por la condena ya que se trata de «algo poco frecuente», aseguran aunque, eso sí se lamenta que el tribunal «minimice el daño, al no reconocer la relación causal con el fallecimiento y dejarlo en un delito de lesiones» y absuelva al médico del delito de homicidio por imprudencia y sólo le condene por uno de lesiones.

La Audiencia Provincial de Madrid confirmaba en julio de 2022 la condena penal de la sentencia dictada, en marzo de 2020, por el Juzgado de lo Penal 17 de Madrid. No obstante, absolvía al cirujano como autor de un delito de homicidio por imprudencia y le condenaba como autor de un delito de lesiones por imprudencia menos grave.

Además, el fallo condenaba al cirujano, especialista en Urología, y la aseguradora, a indemnizar a la familia del fallecido en la cantidad que se fijara en ejecución de sentencia como correspondiente a la normal evolución de las lesiones causadas a J.S.P más los gastos de alquiler del láser tulio para nefrectomía parcial utilizado en le operación.

Ahora, mediante auto, de fecha 15 de marzo de 2024, se ha fijado definitivamente la cuantía a indemnizar en un caso tramitado por el letrado Santiago Díez, de los Servicios Jurídicos de la Asociación El Defensor del Paciente’en Castilla y León. «El tiempo transcurrido y la exagerada lentitud del procedimiento judicial, hasta este auto que fija finalmente la cuantía ha sido un verdadero calvario para a familia», remarca la nota del Defensor del Paciente.

En el relato de los hechos se indica que J. S. P, cuando contaba con 74 años, era atendido por el especialista en Urología en el Hospital Sagrado Corazón de Valladolid quien le proponía ser derivado al Hospital Nisa El Pardo Aravaca de Madrid el día 10 de febrero de 2016 para realizar una biopsia con el fin de descartar un posible tumor renal que finalmente fue benigno.

En el cierre de la incisión subcostal el doctor incluía el intestino en la sutura de la pared abdominal en dos puntos distintos, sin adoptar las suficientes precauciones para preverlo ni evitarlo, no percatándose de ello ni durante la intervención ni en el periodo postoperatorio.

El día 21 de febrero de 2016, el paciente era llevado a Urgencias del Hospital Sagrado Corazón de Valladolid por sus familiares por presentar salida de material fecaloide y alimentos por la herida operatoria. Con un diagnóstico de perforación digestiva, fue derivado al Hospital Clínico Universitario de Valladolid donde fue intervenido de forma urgente. A pesar de ser sometido a múltiples intervenciones las posteriores complicaciones que le fueron realizadas para intentar remediar el “error” de la primera intervención realizada por el condenado determinaron el fallecimiento del hombre el 24 de abril de 2016.

La sentencia destacó que es «innegable» que el acusado cosía el intestino del paciente por dos lugares diferentes (una perforación a nivel de la antigua anastomosis ileocólica, atrapada en sutura subcostal y otra perforación ileal, también atrapada, en sutura subcostal) durante el cierre de la herida quirúrgica en la intervención que realizó el 10 de febrero de 2016. «No solo incurrió en descuido durante el acto quirúrgico, sino que, además, no apreció dicho error, dándole el alta hospitalaria antedata sin asegurarse de la correcta evolución del enfermo», concluye el auto condenatorio.

A pesar de ello, la Audiencia Provincial condena al cirujano a un delito de lesiones y lo absuelve de un delito de homicidio por imprudencia

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