Diario de Valladolid

Condenan a Sacyl por «desahuciar» a una mujer con cáncer en el Río Hortega que fue operada en Madrid

El Defensor del Paciente reprocha que se firmase «una sentencia de muerte» a una mujer que tras operarse quedó libre del tumor en los ovarios

El TSJCYL defiende que había una «urgencia inmediata y de carácter vital» y obliga a pagar 50.366 euros

EUROPA PRESS - Archivo

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Daniel Martín
Valladolid

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Una nueva sentencia obliga a la consejería de Sanidad por un proceso mal gestionado a la hora de atender a una paciente en un hospital, en esta ocasión el Río Hortega de Valladolid. Según la resolución del Tribunal Supremo, confirmando la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social nº3 de Valladolid, la Junta de Castilla y León deberá reintegrar a una paciente los gastos ocasionados por una atención en una clínica privada, que ascienden a 50.366 euros, al enviar a esta a cuidados paliativos para tratar un cáncer de ovarios, y no buscar una solución para tratar de salvarla la vida.

Según indican desde el Defensor del Paciente la mujer de 52 años, en marzo de 2020, fue diagnosticada de un cáncer de ovario en el Hospital Río Hortega de Valladolid. Tras la biopsia de la pieza, se le informó que el tumor era avanzado e inoperable, dirigiéndola a Oncología para decidir tratamiento. Se inició tratamiento de quimioterapia que no mostró ningún resultado favorable. Mientras tanto, el estado de la paciente fue empeorando a pasos agigantados, llegando a presentar caquexia en pocas semanas (su peso era inferior a 40 kg). Se decidió pasarla a Cuidados Paliativos domiciliarios, dándola ya por desahuciada.

Entonces su familia decidió acudir a la Clínica Universidad de Navarra de Madrid buscando un tratamiento que mejorase su lamentable estado. Allí facilitaron todas las pruebas diagnósticas y tratamientos realizados en el Hospital de Valladolid. Cuando vieron el diagnóstico inicial, les informaron que el tumor que presentaba en el ovario sólo admitía un tratamiento posible: el quirúrgico. Por eso el tratamiento de quimioterapia que se le había aplicado no había resultado efectivo. Se les informó que era necesario operar sin demora para salvar su vida, a la vista del estado en que se encontraba la paciente.

La paciente volvió al Hospital Río Hortega de Valladolid, informando de la posibilidad de intervención de la que le habían hablado en Navarra, solicitando que Ginecología valorase tal posibilidad quirúrgica. La respuesta que recibió por parte del Hospital fue que ya estaba en manos de Paliativos, y así continuaría hasta el final. Le denegaron el único tratamiento que le podía salvar la vida, según indican desde El defensor del paciente. La mujer decidió someterse a la intervención quirúrgica en la Clínica Universidad de Navarra. La cirugía se realizó en julio de 2020 y tras esta se realizó tratamiento de quimioterapia, quedando libre de enfermedad.

La defensa del caso ha sido llevada a cabo por el Abogado Santiago Díez Martínez, del Bufete SDS LEGAL, reclamaba al Sacyl el reintegro del coste de la operación, algo que ratifican en la sentencia: «Son requisitos para que proceda el reintegro de gastos médicos tanto la urgencia inmediata y de carácter vital, la imposibilidad de usar los servicios de la sanidad pública y que la utilización de la sanidad privada no sea abusiva o desviada». Sobre lo primero reconoce que «es algo incuestionable» y que la situación de urgencia «no puede reducirse a aquellos supuestos derivados de accidentes en los que el fallecimiento es cosa inmediata». Así mismo el TSJCyL subraya que «la actora intentó en todo momento que fuese la sanidad pública la que la atendiese y al no lograrlo acudió a la sanidad privada desde luego ni hay abandono de la sanidad pública ni opción de la privada». De esta forma recurrió a una atención privada «ante la pasividad y demora en la toma de decisiones con un proceso de altísima gravedad». La sentencia rechaza el recurso de la Gerencia de Salud de Valladolid y condena al reintegro de los gastos médicos, si bien cabe recurso de casación para la unificación de doctrina.

Desde la Asociación ‘El Defensor del Paciente, su presidenta Carmen Flores, lamenta que se firmase «una sentencia de muerte, a pesar de que existía tratamiento para erradicar el cáncer de la paciente; una intervención quirúrgica que tuvo que buscar fuera del sistema púbico de salud. Sistema al que todos contribuimos con nuestros impuestos, también esta paciente. No se puede tolerar comportamientos como el aquí sucedido».

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