Diario de Valladolid

EL TSJCyL anula la multa de 5.000€ al Ayuntamiento de Valladolid por la cabalgata que quiso parar Igea en 2021

El Tribunal Superior de Justicia considera que la Junta no tenía cobertura legal para imponer la multa por el desfile de los Reyes Magos durante la pandemia / El exvicepresidente del Ejecutivo autónomo se presentó durante el recorrido y tachó el acto de "despropósito"

Cabalgata de Reyes de 2021.-E. M.

Cabalgata de Reyes de 2021.-E. M.

Publicado por
Fernando Martín
Valladolid

Creado:

Actualizado:

Tres años después de la polémica Cabalgata de Reyes celebrada de Valladolid el 5 enero de 2021, durante la pandemia, q ue acarreó una multa de 5.000 euros al Ayuntamiento por parte de la Delegación Territorial de la Junta de Castilla y León,  el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León da la razón al consistorio y anula la sanción. En una sentencia de la Sala de lo Contencioso Administrativo, el TSJCyL admite el recurso de apelación presentado por el Ayuntamiento contra la decisión del Juzgado de lo Contencioso Admisnistrativo número 2, que rechazó un primer recurso del alzada del Ayuntamiento contra la decisión de la Delegación Territorial, y anula la sanción impuesta por la Junta.

La cabalgata de 2021 en Valladolid vino precedida de un duro enfrentamiento entre el entonces alcalde, Óscar Puente, y el exvicepresidente de la Junta, Francisco Igea, quien advirtió al regidor de que "incumplía la normativa" . Igea añadió twitter  que «existe un delito que es el de desobediencia y otro que es el de prevaricación»  y recordó que «quien incumpla se arriesga a ser sancionado», como así fue.

Puente, por su parte, respondió que el desfile de los Reyes en una carroza tirada por caballos que recorrió el centro y los barrios de la ciudad no era una cabalgata y cumplía con la ley  . «Valladolid no celebra este año cabalgata y cumple con ley y si la Junta cree que no la hemos cumplido, que haga lo que tenga que hacer, pero no haremos ninguna cabalgata», añadió Puente.

La sorpresa la dio el vicepresidente de la Junta, quien asistió a la cabalgata-desfile y señaló a de policía municipal que vigilaba el acto que aquellos era  "un despropósito que no se puede permitir ” y se presentó ante el agente  como "Francisco Igea, el vicepresidente de la Junta.»

Ahora, el TSJCyL, en una sentencia con fecha  de uno de marzo concluye que no existía cobertura legal por parte de la Junta de Castilla y León para dictar las medidas en las que se basó para sancionar al Ayuntamiento. Pese a admitir que la Junta, como competente en materia sanitaria, puede adoptar medidas y recomendaciones específicas,   TSJCyL concluye que  en el acuerdo adoptado por la Junta el 17 de diciembre de 2020, en el que se contemplaban una serie de recomendaciones precisas para las fiestas navideñas para hacer frente al covid, no se ha seguido "el procedimiento establecido" y añade que, como consecuencia,  de "ese incumplimiento procedimental  no puede sostenerse la conformidad a derecho de las resolución sancionadora impuesta al amparo del mismo" y anula la resolución de la Delegación Territorial de la Junta.

 Más aún, añade que si el acuerdo de medidas de la Junta para las fiestas navideñas de 2021 derivas e no de las competencias propias de la Junta, sino de las competencias delegadas en virtud de decreto de alarma aprobado por el Gobierno para afrontar la pandemia, tampoco tendrían cobertura legal dado que el decreto en cuestión fue declarado inconstitucional.

 

tracking