Diario de Valladolid

Condena a Sacyl por la muerte de un infarto de un hombre al que no hicieron caso en urgencias

El TSJ fija una indemnización de 142.787 euros para la familia del paciente de 65 años, que «fue dado de alta igual que llegó, desconociendo qué motivaba ese cuadro clínico» y al que le diagnosticaron ansiedad, «pautándole medicación para ello»

Vista general del hospital Río Hortega, donde se van a instalar placas solares. PABLO REQUEJO / PHOTOGENIC

Entrada principal al Río Hortega.-PHOTOGENIC

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Laura G. Estrada
Valladolid

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El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León ha condenado a Sacyl a indemnizar con 142.787 euros a la familia de un paciente que falleció en Valladolid por un infarto no diagnosticado . Según el comunicado enviado por la asociación de El Defensor del Paciente, en el servicio de urgencias del Río Hortega no se emplearon los medios necesarios para detectar la causa por la que estaba sufriendo problemas respiratorios, a pesar de que su médico de cabecera le había derivado en dos ocasiones al hospital para que le practicaran las pruebas necesarias a fin de determinar el cuadro de sensación de falta de aire que presentaba. 

El hombre, de 65 años cuando sucedieron estos hechos, fechados en mayo de 2018, acudió al Río Hortega para averiguar la causa de esa sensación de asfixia que refería, según explicó El Defensor del Paciente en el escrito enviado a los medios, pero fue dado de alta sin que en urgencias del citado centro hospitalario le hicieran ninguna prueba. « Fue dado de alta igual que llegó, desconociendo qué motivaba ese cuadro clínico» , expresan. 

Causas no estudiadas

Un día más tarde su médico de cabecera le remitió de nuevo al hospital porque el paciente seguía igual y, en esta ocasión, le diagnosticaron ansiedad, «pautándole medicación para ello» . Ese día, añade el colectivo, sí le realizaron algunas pruebas en el Río Hortega, pero no fueron suficientes para averiguar la causa real de la problemática que padecía. 

«Así pues, no se estudiaron ni investigaron las causas que provocaban esa sensación de falta de aire, que era el motivo por el que su médico le había derivado al Hospital, ya que no encontraba una causa que justificase sus síntomas», manifiestan antes de añadir que las pruebas realizadas, analítica y radiografía simple, descartaban una posible causa respiratoria, pero tenían que haber buscado entonces una causa cardiaca. «La causa más frecuente de las disneas en urgencias es la causa cardiaca. Y en este caso, no existió una correcta valoración tanto de las causas cardiacas como respiratorias» .

La sentencia, tal y como recoge la asociación, «reprocha el hecho de que el paciente había sido derivado al hospital por su médico de cabecera precisamente para analizar un estudio de las causas de su disnea, y ese estudio no se hizo». «Dos simples pruebas rutinarias en el servicio de Urgencias, como son la gasometría y determinación analítica de Pro-BNT, sirven para diagnosticar de forma rápida y sencilla una insuficiencia cardiaca y su causa. Estas pruebas no se realizaron al paciente, quien fue dado de alta en dos ocasiones, sin conocerse la causa de su disnea».

Cuatro días después de haber acudido por primera vez al Río Hortega, el hombre sufrió un infarto y falleció . El TSJ entiende que su muerte se hubiera podido evitar con la realización de esas «sencillas pruebas, o aquellas que hubieran resultado necesarias y útiles para conocer la causa de su sensación de asfixia». 

A pesar de que la Inspección Médica había emitido informe favorable a la Reclamación inicial formulada por la familia del paciente, la Consejería de Sanidad y su Aseguradora se opusieron a una resolución favorable. Y ha debido de ser un juzgado quien, finalmente, dicte una sentencia condenatoria. 

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