Diario de Valladolid

Aprobado un protocolo para garantizar el orden de solicitantes de pisos protegidos

En caso de incumplimiento grave el Ayuntamientro puede rescindir el contrato de compraventa del suelo

Aparcamiento sobre el que se construirá la nueva sede de la ONCE.-J.M. LOSTAU

Aparcamiento sobre el que se construirá la nueva sede de la ONCE.-J.M. LOSTAU

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Redacción de Valladolid
Valladolid

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El Reglamento de Urbanismo ya contempla que los promotores que construyan viviendas de protección oficial o de protección pública en parcelas vendidas por el Ayuntamiento deben respetar el orden de presentación de las solicitudes por parte de los aspirantes y en caso de no ser así podría rescindirse el contrato de compraventa del suelo.

Para garantizar que el orden de los solicitantes se cumple y, en caso de no ser así, no tener que recurrir a una media tan drástica como la rescisión del contrato, con el consiguiente perjuicio para el resto de solicitantes, el consejo de administración de la Sociedad Municipal del Suelo y Vivienda, VIVA, aprobó ayer un protocolo que abre el abanico de sanciones.

En caso de incumplimiento del nuevo protocolo, y en función de la gravedad, puede llegarse a la resolución del contrato de compraventa, con recuperación de la parcela a favor de la administración municipal y la inhabilitación del promotor durante dos años para sucesivas cesiones y/o adquisiciones de parcelas municipales con destino a la construcción de vivienda protegida, pero también existe la posibilidad de una sanción más leve, de manera que se recupere el orden en la lista de solicitantes sin tener que paralizar toda la promoción.

El concejal de Planeamiento Urbanístico y Vivienda, Manuel Saravia, subrayó ayer que el objetivo del protocolo es que los promotores «cumplan escrupulosamente el orden de presentación de solicitudes mediante un control riguroso».

La regulación del Ayuntamiento de Valladolid concreta todos los aspectos y así se recoge que la selección de los posibles adquirentes o arrendatarios de viviendas se efectuará mediante sorteo público ante notario y los gastos correrán a cargo del promotor.

El sorteo determinará el orden del llamamiento para la elección de la vivienda, pero la selección del demandante no generará derecho alguno hasta que no quede debidamente acreditado que reúne todos los requisitos exigidos para acceder a la vivienda. Este extremo se realizará en el visado del contrato de compraventa o arrendamiento por la autoridad administrativa competente.

Será la Sociedad Municipal de Suelo y Vivienda la que iniciará el procedimiento de selección de los aspirantes concretando, al menos, aspectos como el emplazamiento del solar o edificio, el número de viviendas con su descripción, superficie aproximada; los cupos de reserva, en su caso, de viviendas para finalidades específicas; el régimen de cesión, el precio de venta o arrendamiento o la entidad que, en su caso, garantiza las cantidades entregadas a cuenta.

Una vez elegidos, VIVA facilitará al promotor fracciones del listado definitivo cuyo número no supere cinco veces el de viviendas de la promoción, para garantizar su cumplimiento de conformidad con el presente protocolo y facilitar la verificación del mismo.

No se facilitará una nueva relación de interesados hasta que no se haya acreditado por aquel el cumplimiento de la lista facilitada inicialmente. El protocolo se aprobó con los votos de los representantes del equipo de gobierno en el consejo de administración de la Sociedad Municipal de Suelo y Vivienda, mientras el resto de grupos se abstuvieron.

Además del protocolo para garantizar que se cumple el orden de presentación de solicitudes para viviendas de protección también se aprobaron otros cuatro que afectan a todos los programas municipales: desde las denominadas viviendas blancas a las normas sobre convivencia de los inquilinos de viviendas protegidas.

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