Diario de Valladolid

La juez vuelve a archivar el caso de la muerte de Irene en Las Catedrales

Sostiene que al sacar la entrada tuvo que dar conformidad a que sabía de los riesgos de la playa

-E. M.

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Íñigo Arrúe
Valladolid

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Nuevo jarro de agua fría para la familia Baladrón Zorita. Coincidiendo con el primer aniversario de la muerte de Irene, de 25 años, tras el desprendimiento de una roca en una cueva de la playa de Las Cadrales de Ribadeo (Lugo), la juez que investiga el caso ha vuelto a archivar de forma provisional las actuaciones, al considerar que no existe responsabilidad penal en el siniestro ya que, «en todo caso», la falta de previsibilidad sería «leve».

Y recalca que la fallecida y su novio conocían el riesgo de acercarse a las grutas, porque la conformidad de haber leído esta advertencia era un trámite ineludible para retirar las entradas en la obtención de las mismas por internet.

El abogado de la familia ha informado que recurrirá la resolución, ya que tiene la posibilidad de un recurso de reforma y subsidiario de apelación o de apelación directa ante la Audiencia de Lugo.

Sostiene que el fallecimiento se debió a la «comisión por omisión» de un delito «por imprudencia grave o menos grave», de la que acusa a técnicos de la Xunta de Galicia, en concreto a la pasividad de los vigilantes de la playa que no tomaron medidas de cierre cuando se les notificó antes del suceso –registrado a las 12.50 horas del 31 de marzo de 2018– que se habían producido otros desprendimientos en cuevas de la playa.

La juez de Primera Instancia e Instrucción 1 de Mondoñedo, Cristina Díaz, ha archivado, con ésta, tres veces las actuaciones. Siempre basándose en que la decisión de no evacuar y cerrar la playa «no reviste la relevancia penal pretendida por la parte», aunque deja la puerta abierta a una demanda civil.

homicidio imprudente

Pero, enfrente, la familia Baladrón ha peleado cada uno de los carpetazos y lo va a seguir haciendo. Con el último recurso que estimó la Audiencia de Lugo logró que fueran citados a declarar ante el Juzgado el testigo que avisó una hora antes del desprendimiento y los dos vigilantes del monumento natural. Y los testimonios, sobre todo del testigo, fueron demoledores. Declaró que avisó de caída de rocas una hora antes del accidente de Irene y que el vigilante que fue avisado de ello no hizo nada para vetar el acceso de más turistas a los acantilados.

Las nuevas diligencias practicadas no han hecho cambiar de parecer a la magistrada. A su juicio, las diligencias realizadas «no han hecho sino confirmar» lo ya argumentado en el auto de archivo de 13 de junio de 2018.

La juez considera «especialmente destacable» el resultado del oficio librado a la Xunta de Galicia que informa sobre cuáles eran los carteles de advertencia de los riesgos existentes en el lugar de los hechos el día en que éstos se produjeron, y en los que se señalizaba de forma expresa sobre el peligro de desprendimiento de rocas.

También incide en que el novio de Irene testificó que ambos sacaron las entradas al arenal el día anterior por el móvil y no se fijaron en si había advertencia alguna en relación con posibles desprendimientos. «Declaró que no sabía si había tales advertencias, cree que sí, pero no se fijaron en las entradas», apunta la juez.

EXTREMAR PRECAUCIONES

La titular del Juzgado de Instrucción 1 de Mondoñedo agrega que la Xunta informó que el proceso de retirada de entradas no deja resquicio alguno para que alguien acceda a la playa sin haber aceptado que conoce los riesgos.

Y entre ellos se hace constar que los visitantes han de extremar las precauciones en las proximidades de los cantiles, recordando que «se trata de una zona de acantilados sometida a la acción erosiva de las olas del mar y del viento, conformando un medio inestable en el que en ocasiones pueden darse desprendimientos (…) Tampoco es aconsejable acercarse a la parte inferior del acantilado. Dado que es un medio natural, no se puede predecir con exactitud cuándo se producirán los desprendimientos (…) El riesgo debe ser asumido por el visitante bajo su propia responsabilidad», resume la magistrada.

Por ello concluye que la víctima se incorporó a un contexto en el que «la seguridad de sus bienes no estaba garantizada» y además «consintió en exponerse a un contexto peligroso (actuación a propio riesgo)».

Frente a esta resolución, el letrado de los Baladón, Santiago Díaz, apoyará su recurso recordando que las pruebas practicadas refuerzan más aún proseguir con las investigaciones. El representante legal asegura que el relato del testigo incidiendo en la «descoordinación» en los sistemas de seguridad, unido al hecho de que no les advirtieron del riesgo de que podrían caer piedras, ni llevaban protección alguna, evidencia de que en Las Catedrales no aplicaron protocolos de seguridad ni cuando había constancia de caída de rocas.

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