Diario de Valladolid

El juez rechaza paralizar la remunicipalización del servicio de aguas de Valladolid

El auto deniega la media solicitada por Aguas de Valladolid al considerar que los acuerdos del Ayuntamiento no generan ninguna situación “irreversible” para la compañía

-J.M.LOSTAU

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ICAL

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El Juzgado de lo Contencioso Administrativo número cuatro de Valladolid deniega la suspensión cautelar de los acuerdos tomados por el Ayuntamiento de la ciudad para recuperar a partir del 30 de junio de este año la gestión directa del ciclo completo del agua. El auto, fechado el 18 de abril, no concede la medida solicitada por la empresa concesionaria Aguas de Valladolid al entender que el recurso no aporta las condiciones legales necesarias para que se adopte una decisión de este tipo.

En ese sentido, el juzgado expone en su pronunciamiento, facilitado por el Ayuntamiento de Valladolid, remarca que la gestión indirecta mediante concesión finaliza el 30 de junio, fecha en la que el Consistorio ha previsto traspasar el servicio a una entidad empresarial pública, por lo que no se resuelven los contratos que la empresa recurrente tiene con el Consistorio desde el 27 de junio de 1997.

También, el auto descarta enviar un requerimiento al Ayuntamiento para que no ejecute los acuerdos recurridos hasta que se resuelva la solicitud de medidas cautelares. El juzgado argumenta que no ha adoptado sobre esta petición ninguna decisión debido a que debe ser el Consistorio vallisoletano el que “una vez que conoce la solicitud de la medida cautelar, tenga que valorar las actuaciones que puede realizar”. Además, apunta que la empresa siempre ha perseguido la continuidad en la gestión indirecta del servicio.

Al respecto, el texto señala que no se considera que la ejecución de los actos impugnados haga perder la “finalidad legítima” del recurso por lo que entiende que no se cumplen lo establecido en la legislación para conceder una medida cautelar. Sostiene el juzgado que los actos recurridos no tienen ninguna incidencia sobre la posición que la empresa tiene como concesionaria del servicio. Además, considera que la ejecución de los acuerdos del Ayuntamiento no genera ninguna situación “irreversible” para la compañía.

También explica que los estándares de máxima calidad que la entidad recurrente ha conseguido en la gestión del servicio “no puede ser un criterio del que se pueda deducir que el recurso interpuesto pierda su finalidad legítima de no adoptarse la medida cautelar solicita, que, en definitiva, posibilita la continuidad en esa gestión y el mantenimiento de esos estándares de calidad máxima”.

De la misma forma, el auto indica que no se observa que exista un interés público preponderante que aconseje mantener la situación existente en la actualidad permitiendo, en consecuencia, adoptar la medida cautelar de suspensión. Finalmente, señala que la apariencia de buen derecho, alegada por la parte recurrente, “no es suficiente” para adoptar la medida cautelar solicitada.

Mañana viernes, el alcalde de Valladolid, Óscar Puente, y la concejala de Medio Ambiente, María Sánchez, tienen previsto analizar el auto judicial e informar sobre este asunto en una comparecencia prevista para las 10.30 horas.

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