Diario de Valladolid

El TSJ rechaza el pago de otros 80 ME por la parcela del Zambrana

Desestima la petición de 96 millones de los propietarios y los 38 del perito judicial y considera justo los 16,7 pagados por el Ayuntamiento / El tribunal sostiene que sería un enriquecimiento injusto

Parcela, ahora del Ayuntamiento, objeto del litigio-J.M. Lostau

Parcela, ahora del Ayuntamiento, objeto del litigio-J.M. Lostau

Publicado por
Fernando Martín
Valladolid

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El concejal de Hacienda, Antonio Gato, respiró ayer aliviado, y con él es de suponer que toda la Corporación municipal, tras conocer la decisión del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León de rechazar el pago de otros 80 millones de euros por la parcela junto al centro de menores Zambrana por la que el Ayuntamiento ya abonó 20 millones. El tribunal considera adecuado el justiprecio de 16,7 millones de euros fijado por la Comisión Territorial de Valoración en 2012, con lo que la deuda del denominado caso Zambrana estaría zanjada.

Había un temor justificado en el Ayuntamiento ante la sentencia conocida ayer. Un nuevo desembolso por la parcela del Zambrana obligaría a recurrir a otro crédito -ya está en marcha uno para cubrir el hueco del primer pago- y habría que recortar gastos e inversión. Yaunque parecía poco probable que el tribunal asumiera la petición de 96 millones de euros planteada por la comunidad de herederos de Juan Puentes, el propietario al que le expropiaron los terrenos en 1943, entraba dentro de lo posible que sí estimaran los 38 en los que tasó la parcela, de 5,3 hectáreas, el perito judicial.

Dado que ya se habían pagado 16,7 millones del justiprecio que se fijó en su día -con intereses incluidos la factura del Ayuntamiento ascendió al final a 20 millones- faltarían por pagar otros 20 de admitirse la valoración del perito judicial.

Pero al final ni una cosa ni otra. El TSJCyL rechaza tanto la reclamación de la comunidad de propietarios como la tasación realizada por el perito judicial, aunque el fallo es recurrible en casación ante el Tribunal Supremo.

El tribunal empieza por fijar su posición en la sentencia sobre una cuestión clave: la fecha que ha de tomarse para realizar la valoración de los terrenos. Frente a la pretensión de los demandantes de establecer como fecha para calcular el precio de la parcela el mes de noviembre de 2009, cuando todavía faltaba mucho para que la crisis del sector inmobiliario, y con ella los precios del suelo, tocaran fondo, el TSJrespalda la elegida por la Comisión Territorial de Valoración, que tomó como referencia mayo de 2012.

Establecido este criterio, entra a valorar las dos cantidades sobre las que había que decidir:los 96 millones que reclamaban los propietarios y los 38 que fijó el perito judicial.

Respecto a la petición de 96 millones que pedían los herederos de Juan Puentes- rebajados a 67 en una nueva valoración que realizó el perito de la familia en 2012- el TSJ recuerda que éstos recuperaron en 2007 la parcela que había pertenecido a su antecesor, propiedad en ese momento de la Junta de Castilla y León, previo pago de 4,5 millones.

Dado que el justiprecio establecido por la Comisión Territorial de Valoración en 2012, cuando los herederos ya habían entablado un litigio con el Ayuntamiento, fijó el valor de los terrenos en 14,7 millones, el TSJrecuerda que está cantidad representa «un 400% más del dinero que ellos pagaron menos de cinco años antes, en época además de una conocida e innegable crisis inmobiliaria».

A la vista de esta evidente diferencia entre lo que pagaron, la tasación de la Comisión Territorial de Valoración y la reclamación de 96 millones planteada por los herederos de Juan Puentes, la Sala de lo Contencioso Administrativo considera que la estimación de la pretensión de los demandantes «supondría un enriquecimiento injusto».

En cuanto a la valoración realizada por el perito judicial, que cifró en valor de la parcela en 38 millones, recuerda el TSJ que parte «del mismo error» en el que incurren los demandantes al establecer como fecha para la valoración del terreno la de noviembre de 2009, «circunstancia que de por sí invalida su tasación». El tribunal no sólo invalida la tasación por la fecha elegida como referencia para fijar el valor, sino que descalifica el método seguido por el perito judicial, consistente en realizar un estudio de mercado entre junio y agosto de 2014 «y desactualizar los valores obtenidos para alcanzar el del cuarto trimestre de 2009». Un método éste, el de desactualizar, «rechazado por la doctrina jurisprudencial».

El alcalde, Óscar Puente, admitió ayer su «alivió» al conocer la sentencia ante los fundados temores de que «habría que pagar otros veinte millones». Puente, que convocó al gabinete jurídico del Ayuntamiento para expresarles su felicitación, dijo que una nueva sentencia condenatoria habría tenido un impacto «enorme» en las cuentas municipales «y habría obligado a recortar gasto e inversión».

Por parte de los demandantes, un representante de la familia Puentes dijo que estudiarán la sentencia del TSJy añadió que no saben si recurrirán al Supremo.

Para el PP la lectura es otra. Los populares consideran que la sentencia «echa por tierra las predicciones» de Puente y del concejal Manuel Saravia por augurar que habría que pagar el doble. Ahora, dice el PP, «tendrán que dar explicaciones de por qué querían negociar con los propietarios, y de por qué esos terrenos tenían que valer el doble de lo tasado».

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