Diario de Valladolid

Manos blandas con el siluro en las aguas de Castilla y León

La proliferación de este tipo de pez de agua dulce pone en peligro a las especies autóctonas mientras que a muchos pescadores se les escurren de las manos

Un pescador con un siluro pescado en Simancas

Un pescador con un siluro pescado en SimancasL DE LA FUENTE

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Leonardo de la Fuente

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El siluro, Silurus glanis (Linnaeus, 1758) continúa colonizando ríos en la comunidad castellano y leonesa y poco a poco es más frecuente pescarlo en las aguas regionales sin tener que realizar grandes desplazamientos a comunidades como Aragón, destino preferido para los pescadores de estas grandes capturas que ahora ya también son pescadas, desgraciadamente, en muchos cauces de Castilla y León.

El siluro está incluido en el Catálogo Español de Especies Exóticas Invasoras, en virtud del Real Decreto 630/2013, 2 de agosto, por el que se regula el Catálogo Español de Especies Exóticas Invasoras y en Castilla y León cuenta con un plan específico para su pesca que muy pocos aficionados conocen, a pesar de estar debidamente expuesto en la página web de pesca de la Junta de Castilla y León, y si lo conocen no lo están cumpliendo.

El siluro - señala esta misma página-, "es una especie con unos efectos muy lesivos para el medio acuático en que existe, produciendo graves impactos tanto al hábitat como al conjunto de especies acuáticas de las que se alimenta. Por ello es fundamental extremar la vigilancia y realizar un adecuado control, cuando sea detectado en una masa de agua, siendo obligatorio comunicar su presencia. Así pues, en base a lo expuesto, resulta justificada la aprobación de un plan de control y posible erradicación de la especie. Dada su condición de especie exótica invasora cualquier pescador que capture un siluro en ningún caso podrá devolverlos al agua, debiendo comunicar dicha circunstancia de forma inmediata a las autoridades medio ambientales.

El pez grande se come al chico, y así al pobre el rico…Desde la orilla

La realidad es bien distinta. En la actualidad es muy frecuente comprobar en vídeos expuestos en redes sociales como se capturan siluros de muy buen porte que posteriormente, y tras una sesión fotográfica y de vídeo son devueltos al agua vivos con total impunidad. No son pocos los pescadores que se jactan además de ser "blandos de manos" y aducen que es que el pez se le resbaló de sus manos para, curiosamente, volver al agua de donde habían sido extraídos.

En Castilla y León los primeros ejemplares de siluros fueron capturados en el año 2010 en el embalse de El Sobrón, en Burgos y en los de Los Rábanos y el azud de Almarail, en Soria, lugares que fueron en su día santuarios piscícola de esta especie que pueden llegar a alcanzar medidas de más de dos metros y medio y pesos que en ocasiones superan el centenar de kilos.

Desde hace un par de años, tal y como señaló Diario de Castilla y León-El Mundo el día 7 de septiembre de 2022 se pescaron los primeros siluros de los que se tenía constancia en aguas del río Pisuerga a su paso por Simancas, habiéndose capturado posteriormente más ejemplares, al igual que se han capturado en el Escenario Deportivo Social de pesca de San Miguel del Pino, en las aguas del río Duero, pero también varios kilómetros aguas abajo, ya en la provincia de Zamora.

Entretanto en Ávila, en el río Tietar hace años que también se pescan siluros y hay alguna referencia de que algún pequeño ejemplar se pescó muy cerca de la provincia de Palencia en aguas del Pisuerga. En todos estos puntos también se está constatando la desaparición de especies autóctonas como barbos, bogas, cachos, carpas etc. Mal futuro para nuestros peces pues está claro que el siluro llegó para quedarse.

Consultado con servicios jurídicos de cabecera y aclaran que, independientemente de la sanción administrativa que conlleva esta práctica, al ser considerada infracción muy grave, conlleva multas de 200.001 a 2.000.000 de euros, el Código Penal es claro en este sentido. Su artículo 333 tampoco es muy amable para estos manos de mantequilla: "El que introdujera o liberara especies de flora o fauna no autóctona, de modo que perjudique el equilibrio biológico, contraviniendo las leyes o disposiciones de carácter general protectoras de las especies de flora o fauna, será castigado con la pena de prisión de cuatro meses a dos años o multa de ocho a veinticuatro meses y, en todo caso, inhabilitación especial para profesión u oficio por tiempo de uno a tres años".

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