Novedades de la declaración de la renta 2020
Como ya os adelanto el plazo para presentar la declaración de la renta del ejercicio del 2020 empieza el próximo 7 de abril y tendrá de fecha límite hasta el 30 de junio. Pero este año tiene tres novedades importantes debido a la crisis del coronavirus. Uno de los temas más importantes es como va a afectar el Erte a la tributación y el resultado que tendrá en la declaración de la renta de este año.
A partir del 4 de mayo la declaración de la renta se puede hacer de forma telefónica, a través de internet y de forma presencial acudiendo a una oficina física y el plazo para la cita por este medio comienza el 27 de mayo y a partir del 2 de junio se puede presentar presencialmente.
Algunas de las novedades de la declaración de la renta 2020 es que se incluyen nuevos tramos de gravamen, con la posibilidad de importar los datos del registro de IRPF, modificaciones en la aportación del plano de pensiones, todo lo relacionado con los ERTE y la tributación de las pensiones recibidas.
Pero ¿Cómo afectan los ERTE?
Tras la crisis del coronavirus se ha generado que muchos trabajadores estén en Erte debido a la incertidumbre económica que nos acontece. Por tanto, hay que diferenciar dos formas de Erte por un lado está el Erte en su totalidad, que quiere decir que si se ha suspendido temporalmente el contrato de trabajo se hace cargo de la prestación el Servicio Público de Empleo Estatal o SEPE, que incluye una retención a cuenta del IRPF .
Pero hay un segundo tipo que es más común, y tiene que ver con la reducción de la jornada laboral y se realiza de la siguiente forma: una parte del salario lo paga el SEPE y la otra parte la empresa con la correspondiente retención del IRPF.
Para realizar esta declaración hay que tener en cuenta que al tener dos pagadores y tener a partir de 14.000 euros brutos al año, deberás realizarla ya que el Sepe cuenta como un pagador más. En la actualidad, las personas que ingresan hasta 22.000 euros brutos al año no tienen la obligación de realizar la declaración de la renta siempre y cuando tengan un solo pagador. Por tanto muchos trabajadores que han estado en Erte tendrán que realizar dicha declaración.
El Servicio Público de Empleo Estatal no realiza retención del IRPF en los pagos por lo cual los trabajadores que han estado cobrando la prestación lo han hecho libre de impuestos por tanto los más probable tendrán que devolver una parte cuando hagan la declaración de la renta .
Por su parte los trabajadores han hecho la demanda al Ministerio de Hacienda para que no se cuente el pago del Erte por parte del Sepe y aparezca así un solo pagador pero los expertos aseguran que no existiría casi diferencia ya que simplemente se devolverá la cuantía del IRPF que no retuvo el SEPE al realizar el pago cuando se estaba en ERTE.
Otra de las novedades se aplica a las mujeres con hijos, ya que este año todas las mujeres que estén en esa situación y hayan estado en un ERTE serán consideradas sin empleo, lo que significa que no tendrán derecho a la deducción de maternidad.
Otra de las novedades es con respecto a la aprobación del ingreso mínimo vital
El pasado mes de febrero el vicepresidente segundo del gobierno, Pablo Iglesias anunció las mejoras aprobadas en el Consejo de Ministros para facilitar la tramitación del ingreso mínimo vital pero dicha tramitación contempla que los perceptores de esta ayuda estén obligados a cumplir con sus obligaciones fiscales según lo establecido en el artículo 33 del Real Decreto, lo cual retrasará los trámites para realizar la declaración de la renta de cientos de afectados. Esto supone ciertas complicaciones a sectores de la población que no están acostumbrados a este tipo de trámites.
Por otra parte, estas novedades corresponden a la importación de datos de los libros de registro del IRPF, al rendimiento del capital inmobiliario y a la incorporación de un nuevo tramo de gravamen en la renta general y en la renta de ahorro. A este tipo de gravamen se le aplicará un 24,50%. En cambio, en las rentas de ahorro que se refieren al cobro de seguros de vida, intereses, depósitos de ahorro, acciones o donación de bienes se añade un nuevo tramo que supone que todos los que superen 200.000 euros tributarán un 26%.
Si ya conoces la información y tienes dudas no dudes en contactar con nuestra gestoría ya que estamos especializados en estos temas y te solucionamos la declaración de la renta 2020 ya que para nosotros nuestro compromiso es su satisfacción. También este año se puede hacer la declaración de la renta online .