Diario de Valladolid

La Audiencia libera a la Junta de pagar la fianza de 24,1 millones por la trama eólica

El tribunal estima el recurso de la Administración y entiende que está exenta de pagar

El directivo de Inverduero Patricio Llorente Muñoz en una imagen de archivo cuando declaró ante la jueza del Juzgado de Intrucción 4 de Valladolid en la causa de las eólicas. ICAL

El directivo de Inverduero Patricio Llorente Muñoz en una imagen de archivo cuando declaró ante la jueza del Juzgado de Intrucción 4 de Valladolid en la causa de las eólicas. ICAL

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Felipe Ramos
Valladolid

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La Junta de Castilla y León no tendrá que depositar la fianza de 24,1 millones de euros por la trama eólica, que le exigía el Juzgado de Instrucción número 4 de Valladolid. La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Valladolid estima el recurso del letrado de la Administración autonómica y libera a la Junta de tener que pagar esa cuantía como fianza por la 'macrotrama' de corrupción eólica.

En el auto de tres páginas de 5 de octubre, al que ha tenido acceso este periódico, los magistrados Fernando Pizarro, Miguel Ángel de la Torre y Miguel Donis, estiman el recurso interpuesto por la Junta contra los autos del Juzgado número 4, que instruye la 'macrocausa' de corrupción eólica, de 17 de noviembre de 2021 y de 21 de marzo de 2022, en los que se exigía el abono de esos 24,1 millones al Ejecutivo autonómico como responsable civil subsidiario. Una resolución que ya es firme, ya que contra ella no cabe recurso.

En sus razonamientos jurídicos, la Audiencia hace suya la argumentación del letrado de la Administración autonómica y entiende que el recurso “ha de tener favorable acogida por cuanto, por un parte, lo que fue y es objeto del recurso no es la atribución a la Junta de Castilla y León de la condición de responsable civil subsidiaria, sino la exigencia de la fianza” . Y es en este punto en el que los tres magistrados sentencian en su auto que “conforme a lo dispuesto en los artículos 12 de la Ley 52/1997 y 32.2 f del Estatuto de Castilla y León, ésta está exenta la obligación de constituir ante cualquier organismo administrativo o tribunal jurisdiccional los depósitos, cauciones, consignaciones o cualquier otro tipo de garantía previsto en las leyes”.

Argumentos que coinciden plenamente con los motivados por el letrado de la Administración de Castilla y León en su recurso y por los que ahora la Audiencia deja sin efecto los autos del juzgado que exigían esos 24,1, millones de fianza a la Junta. Conviene recordar que, según Instrucción 4 de Valladolid, el Ejecutivo autonómico tenía que depositar una fianza de 24.105.997,8 millones, de los que 11.257.500 eran solidariamente con Iberdrola Renovables, 7.848.497,8 solidariamente con Sinea Inversiones Eólicas, luego EDP Renovables España, y 5 millones con Parque Eólico la Boga, para hacer frente a los perjuicios causados por la trama eólica.

Resto de fianzas se mantiene

La exoneración del pago de la fianza de 24,1 millones a la Junta no se amplía a los investigados, EDP Renovables, a quien se exigen 7,8 millones de euros; y el Parque Eólico la Boga, que tiene que hacer frente a cinco millones de fianza. En los tres casos, la Sección Segunda de la Audiencia desestima en sus autos de 5 octubre los recursos y mantiene las fianzas. Entiende la Audiencia que en todos ellos la petición de la fianza está “suficientemente motivada” y que en ninguno de los casos es “desproporcionada”. Entre otras cosas, reseña con claridad que, en todos los casos, además de responsables civiles subsidiarios, como la Junta, son partícipes de la trama “a título lucrativo”, lo que concurre en el caso del Ejecutivo autonómico.

La Audiencia de Valladolid mantiene también las fianzas con los encausados Patricio Llorente por importe de 16,1 millones; Alejandro Llorente , otros 16,1 millones; y Miguel Ángel Llorente , por la misma cuantía de 16,1 millones. En estos tres casos, como en los anteriores, el auto de la Audiencia de Valladolid desestima los recursos y entiende que las fianzas impuestas a los hermanos Llorente, para reparar el daño que se haya podido causar en la trama eólica, están suficientemente motivadas. Entiende la sala que se fijan “teniendo en cuenta que no podrá bajar de la tercera parte más de todo el importe probable de las responsabilidades pecuniarias”.

Y lo mismo sucede con los investigados Rafael Icaza y Pedro Barriuso , a quienes se les exige el pago de sendas multas de 130 millones de euros, por su supuesta participación en la trama corrupta, “para asegurar las responsabilidades pecuniarias que, en definitiva, puedan declararse procedentes, con el apercibimiento de que se decretará el embargo de sus bienes, en caso de no verificarlo”.

Como en el caso de los hermanos Llorente y en los de EDP y el Parque Eólico la Boga, los tres magistrados de la Sección Segunda de la Audiencia de Valladolid desestiman los recursos y, por tanto, exigen el depósito de las fianzas, ya que contra ninguno de sus autos desestimatorios de los recursos de los encausados cabe recurso, al entender que el auto del Juzgado de Instrucción número 4 de Valladolid “motiva suficientemente” las fianzas exigidas.

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