Condenado a 23 años de prisión el asesino de la peregrina Denise Pikka
La Audiencia de León se ciñe a la petición del fiscal por el delito de asesinato y rebaja dos años la de robo con violencia / Deberá indemnizar a los padres con 120.000€ y con 30.000€ al hermano
La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de León condenó ayer aMiguel Ángel Muñoz Blas a 23 años de cárcel por el asesinato de la peregrina estadounidense Denise Pikka Thiem. Se ajusta así a la petición del fiscal en cuanto al delito de asesinato –20 años de prisión–, mientras rebaja en dos la petición del delito de robo con violencia –para el que adjudica tres años en lugar de los cinco solicitados–.
La Audiencia le reprocha la autoría criminalmente responsable de «un delito consumado de asesinato».El tipo penal está previsto y penado en el artículo 139.1.1ª del Código Penal, en el que se incluye la alevosía. El artículo mencionado se aplica en su redacción inmediatamente anterior al Código actualmente vigente, ya que el delito fue cometido en abril de 2015, meses antes de la aprobación de la nueva normativa penal.
Así, «sin la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal», la Audiencia lo condena «a la pena de veinte años de prisión, accesoria de inhabilitación absoluta durante el tiempo de condena». Además, la sala lo sentencia como autor criminalmente responsable de un delito consumado de robo con violencia, tipificado en los artículos 237 y 242.2 del mencionado Código Penal de 1995, sin la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad, a la pena de tres años de privación de libertad.Le descontarán el tiempo que lleva en prisión provisional.
También deberá el condenado indemnizar a los padres de la víctima con 120.000 euros y con 30.000 al hermano. Deberá reintegrar asimismo a los padres de la fallecida, en cuanto herederos legales de la misma, la cantidad que representan los billetes de dólares USA que sustrajo a la víctima (1.132), teniendo en cuenta su valor al cambio en la fecha de la resolución. Se impone también al acusado las costas del juicio, incluidas las causadas por la acusación particular.
La sentencia no es firme, y cabe contra ella, en un plazo de diez días desde la notificación de la sentencia, recurso de apelación ante la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJ). Un recurso que ya anunció el pasado miércoles, 5 de abril, el abogado defensor de Muñoz, Vicente Prieto, quien reiteró su solicitud de libre absolución en la vista del veredicto del jurado.
Prieto ya anunció ese día que presentará recurso contra la sentencia, primero ante el TSJ y después, si lo considerara necesario, «ante el Tribunal Supremo».
El jurado popular declaró culpable de asesinato a Miguel Ángel Muñoz Blas en la mencionada vista, por ocho votos contra uno. Lo consideró autor de la muerte a golpes de la peregrina estadounidense Denise Pikka, ocurrida el 5 de abril de 2015. El mismo jurado lo declaró también culpable, en esta ocasión por unanimidad, del segundo delito que se le imputaba, el de robo con violencia.
No encontró, sin embargo, circunstancias limitativas de la responsabilidad penal, al considerar no probado que Muñoz padeciera, en el momento de los hechos, «una grave enfermedad psíquica que anulara totalmente sus normales capacidades de conocimiento y voluntad». Por ello, el jurado se mostró contrario a cualquier tipo de suspensión de la pena.
Tras la lectura del veredicto, la fiscalía mantuvo su petición de pena de 20 años de prisión por el delito de asesinato y cinco más por el de robo con violencia. La primera petición se ha respetado mientras que la segunda se ha reducido en dos años de condena. El fiscal también solicitó indemnizaciones de 50.000 y 30.000 euros para los padres y el hermano de la víctima, que el magistrado Carlos Javier Álvarez ha elevado en 10.000 euros por cada progenitor. En cuanto a la orden de alejamiento que añadió el fiscal, el pasado miércoles, a su petición de penas, no aparece en la sentencia.
El jurado consideró responsable a Muñoz de haberse acercado a la víctima, Denise Pikka, el 5 de abril de 2015 cuando ésta, en una de las etapas del Camino de Santiago, pasó andando a la altura de una finca propiedad del condenado, cerca del casco urbano de la localidad leonesa de Castrillo de los Polvazares. La peregrina había iniciado la ruta jacobea en Pamplona, en solitario, el 6 de marzo anterior.
Los miembros del jurado consideraron también probado que, después de acompañarla durante un tramo, Denise Pikka se sintió molesta por la presencia y actitud de Muñoz. Por ello él, con un objeto contundente, golpeó a Denise en la cabeza, a consecuencia de lo cual ella cayó al suelo. El acusado la golpeó en la cabeza al menos otras dos veces más y otra en el tórax. Durante la agresión, la peregrina norteamericana sufrió graves lesiones incompatibles con la vida.
Miguel Ángel Muñoz procedió a continuación a arrastrar el cadáver a un lugar más apartado y menos visible, despojándola de su mochila, 1.132 dólares en billetes, y otras pertenencias. Después, desnudó el cuerpo de Denise, con el fin de acelerar el proceso de descomposición, y lo ocultó bajo tierra en un agujero, no sin antes seccionarle las dos manos, que aún no han sido halladas.
Casi cinco meses después el homicida desenterró el cadáver y lo trasladó al lugar donde finalmente apareció, en un paraje cercano a Santa Catalina de Somoza (León).