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Dos hombres encarcelados por no dar los 100.000€ de un cupón premiado a una compañera

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ICAL

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La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha ratificado la sentencia que condenaba a dos empleados de un banco de Palencia a un año de prisión a cada uno por apropiarse de la parte de un premio de un cupón de la ONCE de una compañera de trabajo, limpiadora de la entidad, con la que jugaban al cupón todos los viernes. Además, los dos condenados tendrán que indemnizar a la víctima de forma conjunta una indemnización de 33.333 euros, la tercera parte de los 100.000 euros del premio.

Según lo hecho probados, los tres jugaban juntos a este sorteo de la ONCE y, además habían acordado de palabra que si en algún momento el boleto era premiado se repartirían el premio en partes iguales. Una semana después de que la víctima comenzase sus vacaciones, el cupón que los otros habían comprado en su ausencia resultó premiado con 100.000 euros, cantidad que cobraron de forma íntegra los condenados. Cuando la limpiadora de entidad regresó de sus vacaciones y reclamó su parte del premio, ambos negaron cualquier tipo de acuerdo verbal y se negaron a entregarle el dinero.

La sentencia, de la que ha sido ponente el magistrado Cándido Conde-Pumpido, destaca que se trata de un pacto verbal con datos suficientes para concluir la obligación de los acusados de repartir el premio. En consecuencia, la conducta de los acusados de no repartirlo con una de las personas que participaban en la compra conjunta del mismo es constitutiva del delito de apropiación indebida.

Asimismo, la Sala de lo Penal concluye que la Audiencia Provincial de Palencia dictó su condena con indicios de gran consistencia como la declaración de la perjudicada, del vendedor de los cupones de la ONCE y de una empleada del banco, que pasó un día por dicha sucursal y declaró que vio a los tres comprando el cupón.